Últimas entradas

Circular Importante: Modificación de Retenciones para Profesionales

Algunas de las medidas previstas en el Proyecto de Ley de Reforma Fiscal, fueron adelantadas mediante el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de Julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, publicado en el BOE el día 5 de julio.

         Entre las medidas adelantadas se encuentra la bajada de retenciones para los autónomos con menores rentas, con efectos desde el 5 de julio de 2014.

         Con esta medida las retenciones a aplicar para rendimientos de actividades profesionales queda de la siguiente manera:

Retenciones IRPF aplicables a profesionales

IRPF hasta julio 2014

IRPF a partir de julio 2014

IRPF 2015

IRPF 2016

Con carácter general

21%

21%

20%

19%

Con volumen rendimientos íntegros inferior a 15.000 €/año(1)

21%

15%

15%

15%

(1) Es importante tener en cuenta que la norma se refiere a “rendimientos íntegros” inferiores a 15.000€, por tanto no se trata de los “rendimientos netos” (ingresos menos gastos).

Para poder beneficiarse de esta bajada de retenciones a partir del mes de julio de 2014, la referencia de los “rendimientos íntegros” estará en la declaración de la renta del año 2013.

IMPORTANTE PARA EL PAGADOR: Para la aplicación del tipo de retención del 15%, los profesionales deberán comunicar al pagador de los rendimientos la concurrencia de dicha circunstancia, quedando obligado el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada.

Ispalor 

Madrid, Septiembre de 2014

* Nota: La presente circular está disponible para descargar en PDF en nuestro apartado de Documentación, carpeta de Circulares.  

ispalorCircular Importante: Modificación de Retenciones para Profesionales

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *