Documentación

Medidas extraordinarias para los Autónomos

Medidas extraordinarias para los Autónomos aprobadas en el RDL 8/2020 de 17 de marzo.

Hacemos un breve resumen de las últimas medidas extraordinaria aprobadas para los autónomos que sin duda son insuficientes y dejan patente que el Gobierno deja en la cuneta a los autónomos.

Estas medidas extraordinarias quedan recogidas en el Art. 17 y contemplan dos supuestos:

  1. Autónomos cuyas actividades quedaron suspendidas en virtud del RD 463/2020, de 14 de marzo,
  2. Autónomos cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.

Deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  • Estar de Alta en la fecha de declaración del Estado de Alarma
  • Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social
  • Los autónomos que se encuentren en el supuesto 2., deberán acreditar la reducción de su facturación en, al menos, un 75 por ciento, en relación con la efectuada en el semestre anterior.

Cuestiones a tener en cuenta:

  • Cuantía de Prestación, el 70% de la Base Reguladora y si no se acredita el periodo mínimo de cotización será el 70 de la base mínima.
  • Duración de un mes o hasta el último día del mes en que finalice el Estado de Alarma
  • Prestación incompatible con cualquier otra prestación
  • Se incluyen a los Socios Trabajadores de Cooperativas de Trabajo
  • La gestión se realizará a través de las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social.

En la práctica dudamos de que estas ayudas se puedan extender a todos los autónomos que están gravemente afectados por esta situación y son claramente insuficientes puesto que deberán seguir haciendo frente a sus gastos fijos como el son alquiler, luz, teléfono, impuestos, cotizaciones, etc, sin tener ingresos o siendo estos muy escasos.

Estas medidas se suman a las anunciadas por otros organismos como las del Ayuntamiento de Madrid. Estaremos atentos para ver si en los próximos días se anuncian nuevas medidas que ayuden a corregir esta lamentable situación.

 

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Ayuntamiento de Madrid. Medidas extraordinarias

Ayuntamiento de Madrid. Medidas Extraordinarias

El Ayuntamiento de Madrid ha adoptado una serie de medidas extraordinarias consecuencia de la situación de emergencia por la pandemia por coronavirus de COVID-19.

Entre ellas se han anunciado un paquete de medidas fiscales con el objetivo de mitigar los efectos económicos negativos que se pueden producir en determinados sectores de la economía de la ciudad especialmente perjudicados por esta situación.

Con efectos exclusivos para 2020 podrán beneficiarse de esta medida los inmuebles destinados a los usos de ocio y hostelería y comercial los cuales tendrán derecho a una bonificación del 25 % de la cuota íntegra del impuesto (IBI).

La bonificación deberá ser solicitada por el sujeto pasivo antes del 15 de junio de 2020. 

También con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, tendrán derecho a una bonificación del 25 % de la cuota íntegra del Impuesto sobre Actividades Económicas los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal por determinados epígrafes: Ocio y Restauración, Agencias de Viaje, Comercial y Grandes Superficies.

Ambas bonificaciones estarán condicionadas al mantenimiento del promedio de la plantilla de trabajadores durante el periodo impositivo.

La solicitud de cualquiera de estas bonificaciones deberá ser solicitada por el sujeto pasivo antes del 15 de junio de 2020  

Por otra parte, el Ayuntamiento ha establecido una moratoria para facilitar el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) y la Tasa de Cajeros Automáticos, cuyo pago está previsto para el período entre el 1 de abril y el 1 de junio de 2020. De esta manera, se retrasa el abono voluntario de los mismos un mes, de forma el periodo voluntario finalizará el 30 de junio de 2020.

Además, mediante el Decreto de 12 de marzo de 2020 del Alcalde se dispone la ampliación de plazos no vencidos a la fecha de cierre de las oficinas de atención al ciudadano, hasta que se proceda a la reapertura al público de las mismas, por un número de días igual a los que las oficinas hayan permanecido fuera de servicio.

Junto con estas medidas el Ayuntamiento de Madrid ha ampliado la oferta de gestiones NO presenciales para algunas gestiones de índole tributaria.

Se pueden realizar de forma telemática las siguientes gestiones:

  • Las autoliquidaciones de plusvalía con cuota a ingresar se realizarán a través de www.madrid.es/plusvalia
  • Las alteraciones de titularidad catastral se pueden solicitar en cualquier momento de la transmisión. Los casos urgentes se pueden realizar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es/ o del Catastro. www.sedecatastro.gob.es.
  • Las domiciliaciones para el pago de impuestos periódicos (pago único/PAC/SEP)pueden realizarse a través del teléfono 010 o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid  https://sede.madrid.es/  (MI CARPETA)
  • La emisión de pago de cartas en ejecutiva o justificantes de pago se puede realizar a través de http://www.madrid.es/duplicadoejecutiva. En los aplazamientos y fraccionamientos de deudas en voluntaria y ejecutiva se puede presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. https://sede.madrid.es
  • El pago de deudas se puede realizar con tarjeta a través de la sede electrónica del Ayuntamiento http://sede.madrid.es/ o del teléfono 010. En cuanto al registro, las solicitudes se pueden presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento http://sede.madrid.es

Puede ampliar esta información aqui.

En Ispalor estamos a su disposición si precisa ayuda con alguno de estos trámites.

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Aviso de la AEAT

Aquí puedes ver el Aviso de la AEAT indicando que los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente.

El Aviso de la AEAT señala “No se preocupe si tiene un trámite pendiente.

“En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo.”

Por otro lado, Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. En él se adoptan diferentes medidas económicas y fiscales, de las cuales destacamos el Aplazamiento de deudas tributarias para las próximas liquidaciones a presentar hasta el próximo 30 de mayo, por un plazo de hasta seis meses y sin intereses durante los tres primeros meses del aplazamiento.

Recuerde que las Oficinas de la AEAT estarán TEMPORALMENTE CERRADAS PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL debido al estado de alarma declarado y ha quedadp establecida la SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS.

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Calendario Fiscal para el mes de enero de 2017

 Calendario Fiscal Enero 2017

Estas son las obligaciones fiscales correspondientes al mes de enero de 2017:

Hasta el 2 de enero

RENTA

  • Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2017 y sucesivos: 036/037.

IVA

  • Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2017 y sucesivos: 036/037
  • Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de     arte, antigüedades y objetos de colección para 2017 y sucesivos: 036
  • Opción tributación en destino de las ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2016 y 2017: 036
  • Renuncia régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2017: sin modelo
  • Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades: 039
  • Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades: 039
  • Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades: 039
  • Opción por el régimen especial del criterio de caja para 2017: 036/037
  • Renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2017, 2018 y 2019: 036/037

 

Hasta el 20 de enero

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Diciembre 2016. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
  • Cuarto trimestre 2016: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136

IVA

  • Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades: 039
  • Cuarto trimestre 2016: Servicios vía electrónica: 368

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Diciembre 2016: 430
  • Resumen anual 2016: 480

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Octubre 2016. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Octubre 2016. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Diciembre 2016: 548, 566, 581
  • Diciembre 2016: 570, 580
  • Cuarto trimestre 2016: 521, 522, 547
  • Cuarto trimestre 2016. Actividades V1, V2, V7, F1, F2: 553
  • Cuarto trimestre 2016: 582
  • Cuarto trimestre 2016. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572

Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Diciembre 2016. Grandes empresas: 560
  • Cuarto trimestre 2016. Excepto grandes empresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Año 2016. Autoliquidación anual por la producción de residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica: 584
  • Año 2016. Autoliquidación anual: 585
  • Tercer cuatrimestre 2016. Autoliquidación: 587

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN

  • Cuarto trimestre 2016: 595
  • Año 2016. Declaración anual de operaciones: 596

 

Hasta el 30 de enero

RENTA

Pagos fraccionados Renta

  • Cuarto trimestre 2016.
    •      Estimación directa: 130
    •      Estimación objetiva: 131

IVA

  • Diciembre 2016. Autoliquidación: 303
  • Diciembre 2016. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Diciembre 2016. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
  • Diciembre 2016. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Diciembre 2016. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
  • Diciembre 2016 (o año 2016). Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Cuarto trimestre 2016. Autoliquidación: 303
  • Cuarto trimestre 2016. Declaración-liquidación no periódica: 309
  • Cuarto trimestre (o año 2016). Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Cuarto trimestre 2016. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Resumen anual 2016: 390
  • Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341
  • Opción o revocación de la aplicación prorrata especial para 2017 y siguientes, si se inicio la actividad en el último trimestre de 2016: 036/037
  • Solicitud de aplicación del porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo en el año precedente: sin modelo

 

Hasta el 31 de enero

RENTA Y SOCIEDADES 

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Resumen anual 2016: 180, 188, 190, 193, 193-S, 194, 196, 270

IVA

  • Solicitud de aplicación del porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo en el año precedente: sin modelo

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE CERTIFICACIONES INDIVIDUALES EMITIDAS A LOS SOCIOS O PARTÍCIPES DE ENTIDADES DE NUEVA O RECIENTE CREACIÓN

  • Resumen anual 2016: 165

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS Y OTRAS OPERACIONES FINANCIERAS RELACIONADAS CON BIENES INMUEBLES

  • Declaración anual 2016: 181

DONATIVOS, DONACIONES Y APORTACIONES RECIBIDAS Y DISPOSICIONES REALIZADAS

  • Declaración anual 2016: 182

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ADQUISICIONES Y ENAJENACIONES DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

  • Declaración anual 2016: 187

OPERACIONES CON ACTIVOS FINANCIEROS

  • Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro 2016: 192
  • Declaración anual 2016: 198

 

Fuente: www.agenciatributaria.es

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Acuerdo con LAE Consulting

 

Convenio con LAE Consulting

Recientemente hemos firmado un convenio con LAE Consulting  por el que todos nuestros clientes se beneficiarán de una Auditoria GRATUITA para analizar las obligaciones y el grado de cumplimiento impuesto por la legislación vigente en distintas materias.

 

– Protección de Datos

– Prevención de Riesgos Laborales

– Prevención de Blanqueo de Capitales

– Ley de Alérgenos

– Compliance

– App personalizada

– LSSI – CE

– Ley de Igualdad

Pueden descargarse aquí  el  folleto informativo de dicho acuerdo y de las actividades de LAE.

En virtud de este acuerdo y sin compromiso alguno, LAE ofrecerá sus servicios para el cumplimiento de dichas obligaciones a precios muy competitivos.

Al mismo tiempo, a aquellos clientes que cuenten con trabajadores, les informarán sobre los cursos específicos para empresa bonificados.

 

Un saludo

 Amparo Colás

 

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Calendario Fiscal para el mes de Noviembre de 2016

Calendario fiscal noviembre 2016

 

Hasta el 21 de noviembre

RENTA Y SOCIEDADES 

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. 

  • Octubre 2016. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

IVA

  • Octubre 2016. Autoliquidación: 303
  • Octubre 2016. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Octubre 2016. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
  • Octubre 2016. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Octubre 2016. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
  • Octubre 2016. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380 

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS 

  • Octubre 2016: 430 

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN 

  • Agosto 2016. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Agosto 2016. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Octubre 2016: 548, 566, 581
  • Octubre 2016: 570, 580
  • Tercer trimestre 2016. Excepto grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Tercer trimestre 2016. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563

Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510 

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD 

  • Octubre 2016. Grandes empresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Tercer trimestre 2016. Pago fraccionado: 583

 

Hasta el 30 de noviembre

IVA

  • Solicitud de inscripción/baja. Registro de devolución mensual: 036
  • Solicitud aplicación régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2016: sin modelo 

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES 

  • Año 2015. Autoliquidación: 583
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Calendario Fiscal para el mes de Septiembre de 2016

reloj tiempo calendario

Les dejamos el calendario fiscal para el mes de septiembre

Hasta el 20 de septiembre

RENTA Y SOCIEDADES

  • Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
  •   Agosto 2016. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

IVA

  • Agosto 2016. Autoliquidación: 303
  • Agosto 2016. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Agosto 2016. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
  • Julio y agosto 2016. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Agosto 2016.Grupo de entidades, modelo agregado: 353
  • Agosto 2016. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Julio y agosto 2016: 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Junio 2016. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Junio 2016. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Agosto 2016: 548, 566, 581
  • Agosto 2016: 570, 580
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Agosto 2016. Grandes empresas: 560

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Segundo trimestre 2016. Pago fraccionado: 583
  • Segundo cuatrimestre 2016. Autoliquidación: 587

Pueden acceder al Calendario general del contribuyentepinchando aquí

Fuente: Agencia Tributaria

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Obligaciones Fiscales para el mes de Marzo

 

 

 

 

autonomos calendario fiscal 2016

 

Las obligaciones fiscales correspondientes al mes de marzo son:

Hasta el 21 de marzo

RENTA Y SOCIEDADES

  • Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
    • Febrero 2016. Grandes empresas : 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

IVA

  • Febrero 2016. Autoliquidación: 303
  • Febrero 2016. Grupo de entidades, modelo individual: 322
  • Febrero 2016. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: 340
  • Febrero 2016. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Febrero 2016. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
  • Febrero 2016. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Febrero 2016: 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Diciembre 2015. Grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Diciembre 2015. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Febrero 2016: 548, 566, 581
  • Febrero 2016: 570, 580
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

  • Febrero 2016. Grandes empresas: 560

Hasta el 31 de marzo

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE IMPOSICIONES, DISPOSICIONES DE FONDOS Y DE LOS COBROS DE CUALQUIER DOCUMENTO

  • Año 2015: 171

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE VALORES, SEGUROS Y RENTAS

  • Año 2015: 189

DECLARACIÓN ANUAL DE CUENTAS FINANCIERAS DE DETERMINADAS PERSONAS ESTADOUNIDENSES

  • Año 2015: 290

DECLARACIÓN ANUAL DE DETERMINADAS RENTAS OBTENIDAS POR PERSONAS FÍSICAS RESIDENTES EN OTROS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y EN OTROS PAÍSES Y TERRITORIOS CON LOS QUE SE HAYA ESTABLECIDO UN INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN

  • Año 2015: 299

IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS

  • Año 2015. Relación anual de destinatarios de productos de la tarifa segunda: 512
  • Año 2015. Relación anual de kilómetros realizados

DECLARACIÓN RECAPITULATIVA DE OPERACIONES CON GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO

  • Año 2015: 586

DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

  • Año 2015: 720

(Fuente: www.diezsoftware.com)

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Calendario de la renta 2015

Calendario

 

En abril comienza la campaña de la renta 2015. Las fechas que te detallamos a continuación son las más importantes y las que no debes perder de vista

6 de abril

Comienzo de la campaña de la renta. A partir de esa fecha podrás solicitar, modificar y presentar el borrador de la renta 2015 y patrimonio 2015 a través de internet.

10 de mayo

Se abre el plazo para la presentación de la declaración de la renta y del borrador en las entidades colaboradoras, oficinas de Hacienda y comunidades autónomas.

También se abre el plazo para pedir cita previa con la Agencia Tributaria para que nos ayude a confeccionar la declaración de la renta. Recuerda que las plazas son limitadas.

24 de junio

Final del plazo para hacer la declaración de la renta con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

30 de julio

Final de la campaña de la renta y del plazo para presentar el borrador y la declaración de IRPF 2015 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación.

7 de noviembre

Segundo pago de la renta 2015 para quienes fraccionaron el pago.

31 de diciembre

Plazo normal para que Hacienda realice el ingreso de la devolución de la renta. Pasada esa fecha, tendrá que incluir intereses de demora en el dinero que nos pague.

Fuente: Bolsamania.com 

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Calendario Laboral 2016

Calendario Laboral 2016

El calendario laboral de 2016 ya es oficial. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la Resolución de 19 de octubre de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2016.

El Gobierno ha renunciado a suprimir los macro puentes y el calendario laboral de 2016 trae ocho festivos simultáneos en toda España de los 12 que hay en todas las comunidades y a los que se suman dos fiestas locales.

Los ocho días festivos que coincidirán en toda España son los siguientes: 1 de enero (Año Nuevo, que cae en viernes), 6 de enero (miércoles, día de Reyes), 25 de marzo (Viernes Santo, cae en viernes), el 15 de agosto (Asunción de la Virgen, lunes), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España, miércoles), 1 de noviembre (Todos Santos, martes), 6 de diciembre (Día de la Constitución, martes) y 8 de diciembre (Inmaculada Concepción, jueves). De ellos, siete son festivos nacionales no sustituibles y uno, el de Reyes, es sustituible, pero todas las comunidades lo han mantenido.

Entre los días que habitualmente son fiesta en toda España, en 2016 dos de ellos coinciden en domingo: el 1 de mayo (Día del Trabajo) y el 25 de diciembre (Navidad). Las comunidades autónomas tienen la posibilidad de sustituir el descanso del lunes de las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la Comunidad Autónoma de otras que les sean tradicionales. No obstante, buena parte de las comunidades han mantenido como festivo el 2 de mayo (Aragón, Castilla y León, Andalucía, Canarias, Madrid, Asturias y Extremadura). Todas salvo Canarias, País Vasco, Galicia y La Rioja han trasladado el festivo del 25 al 26 de diciembre.

El Jueves Santo (24 de marzo) es festivo en todas las comunidades autónomas salvo Cataluña. El lunes de Pascua (28 de marzo) es festivo en Cataluña, País Vasco, La Rioja, Navarra, Comunidad Valenciana y Baleares. Galicia, Madrid, Navarra, País Vasco

Galicia, Madrid, Navarra, País Vasco y La Rioja celebran el 25 de julio, Santiago Apóstol y Día Nacional de Galicia. Otra fiesta nacional sustituible, el 19 de marzo, San José, que este año cae en sábado, solo se mantiene como festivo en la Comunidad Valenciana, Murcia y Melilla.

Fiestas de las comunidades

Las comunidades autónomas fijan sus propios festivos y los municipios declaran también sus propias fiestas en dos días del año. En cuanto a las fiestas de las comunidades, Andalucía celebra su día el 29 de febrero (pues el 28 de febrero es domingo y se traspasa la fiesta al lunes y 2016 es año bisiesto). Baleares celebra el 1 de marzo el día de la comunidad. El 23 de abril, sábado, es el día de Aragón por San Jorge y también la fiesta de la comunidad de Castilla y León.

El 9 de junio, jueves, se celebra tanto el día de la región de Murcia como el día de La Rioja. El viernes 24 de junio, San Juan, es festivo en Cataluña y Galicia.

En septiembre, el día 2, viernes es el día de Ceuta, el 8 de septiembre, jueves es el día de Asturias y Extremadura, el 12, lunes, se celebra la fiesta musulmana del Sacrificio (Aid El Kebir, única fiesta religiosa no católica que se celebra en España) en Ceuta y Melilla, y el día 15 de septiembre es la festividad de la Bien Aparecida en Cantabria.

Las festividades autonómicas del calendario laboral de 2016 se completan con la celebración del 80º aniversario del primer Gobierno vasco, el 7 de octubre, viernes, que será fiesta en el País Vasco.

El caso especial de Canarias

De ese modo, en todas las comunidades autónomas hay 12 días festivos fijados en el calendario laboral de 2016. En Canarias hay 11 fijados porque las islas fijan cada una su propia festividad. Según el decreto 313/2015, de 6 de agosto, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016, las fiestas serán las siguientes: en El Hierro: el sábado 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el viernes 16 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el jueves 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el lunes 3 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en Lanzarote: el jueves 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Dolores; en La Palma: el viernes 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de las Nieves, y en Tenerife: el martes 2 de febrero, festividad
de la Virgen de la Candelaria.

Fuente: www.elpais.com (22/10/2015)

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