Le recordamos que cada vez que un trabajador empieza a trabajar en su empresa, usted le debe pedir que cumplimente el modelo 145, indicando cuáles son sus datos personales y familiares. Dicha información le servirá a su empresa para calcular la retención que deberá practicarle en la nómina.
Además, debería informar a sus empleados de que si en el futuro cambia alguna de las circunstancias que le habían informado inicialmente, también deberán comunicárselo mediante el modelo 145.
Para que el pagador de los rendimientos del trabajo tenga en cuenta la situación personal y familiar del perceptor, incluida la relativa a la obligación de satisfacer pensiones compensatorias al cónyuge o anualidades por alimentos, fijadas ambas por decisión judicial, así como la circunstancia de estar destinando cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena por las que vaya a tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual, el perceptor deberá presentar la correspondiente comunicación de datos.
Los datos que deberá conocer de sus trabajadores son:
Situación familiar (soltero, viudo, divorciado, casado, con hijos, etc.).
Grado de discapacidad.
Movilidad geográfica, si el trabajador se encontraba desempleado y para ocupar dicho puesto ha trasladado su residencia habitual.
Prolongación de la actividad laboral, una vez cumplidos los 65 años.
Si satisface una pensión compensatoria a favor del cónyuge por orden judicial.
Si satisface anualidades por alimentos a favor de los hijos por orden judicial.
Si destina cantidades para la adquisición rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena por las que vaya a tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual.
Laboral: Novedades en la comunicación de datos del empleado a su pagador. Modelo 145
9 marzo, 2018
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